Prohíben en Florencia transporte de parrillero hombre hasta el 1 de marzo de 2015

Según fuentes consultadas por esta casa editorial, la decisión se habría tomado por los altos índices de inseguridad que se vive en la capital de Caquetá materializados en hurtos en todas sus modalidades, homicidios y el conocido ‘raponazo’.
Los infractores serán sancionados con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y el vehículo será inmovilizado de acuerdo a lo previsto en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
De la anterior medida se exceptúan los motociclistas de la Fuerza Pública o autoridades de tránsito, personal de seguridad de las entidades del Estado, personal de los organismos de socorro, escoltas de los funcionarios del orden nacional, municipal y departamental, funcionarios de la Administración Municipal identificados con su carnet, medios de comunicación en ejercicio de sus funciones y personas discapacitadas.
En el mismo Decreto se prohíbe el porte de armas de fuego de uso personal o municiones dentro del territorio municipal a particulares, a partir del 22 de Diciembre de 2014 hasta el 13 de Enero del 2015.
Se exceptúan de lo anterior, los escoltas de los funcionarios del orden nacional, departamental y municipal, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
En el artículo tercero del mencionado Decreto, se prohíbe la expedición de permisos especiales de circulación de motocicletas con parrillero hombre y permisos especiales para el porte de armas de fuego de uso personal o municiones.
Los infractores serán sancionados con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y el vehículo será inmovilizado de acuerdo a lo previsto en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
En el mismo Decreto se prohíbe el porte de armas de fuego de uso personal o municiones dentro del territorio municipal a particulares, a partir del 22 de Diciembre de 2014 hasta el 13 de Enero del 2015.
Se exceptúan de lo anterior, los escoltas de los funcionarios del orden nacional, departamental y municipal, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
En el artículo tercero del mencionado Decreto, se prohíbe la expedición de permisos especiales de circulación de motocicletas con parrillero hombre y permisos especiales para el porte de armas de fuego de uso personal o municiones.
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La información contenida en esta publicación es fuente Original de:
MI CURILLO
23 de Diciembre de 2014
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Prohíben en Florencia transporte de parrillero hombre hasta el 1 de marzo de 2015
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